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Titulares de criptomonedas podrían presentar declaración anual

México 23 junio._ Los titulares de criptomonedas, así como los establecimientos que operen con ellas, tendrán que presentar una declaración informativa anual a partir del 1 de enero de 2023.

En la misma se reflejarán tanto las operaciones como los saldos. Se trata de un reglamento que está ultimando desde el Gobierno para impulsar un marco de fiscalización de las monedas virtuales.

Esta nueva medida, que será obligatoria para todos los que posean criptoactivos, estaría enmarcada en la ley de la lucha contra el fraude, ya desarrollada en un borrador de un anteproyecto de ley que incorpora distintas modificaciones bajo este paraguas. Actualmente, se encuentra en fase audiencia pública, aunque sí se conocen varios detalles. Sobre su aplicación, se sabe que se aplicará tanto a los activos manejados en España como en el extranjero.

¿Qué tendrá que incluir la declaración anual de criptomonedas?

Primero, la información de quienes hayan sido titulares, autorizados o beneficiarios de criptomonedas en cualquier momento del año. También los saldos a cierre del ejercicio y los datos relativos al activo y sus operaciones: tipo de moneda, comisiones asociadas, número de unidades y valoración en euros. En lo que se refiere al cálculo de unidades de cada moneda virtual, se computarán las existentes al inicio y cierre del año. En cuanto a su valoración, teniendo en cuenta que puede fluctuar en el mercado, se tomará la cotización media a 31 de diciembre.

¿Quiénes tendrán esta obligación?

Según se ha adelantado, solo tendrían que presentar esta declaración anual aquellos que posean unos sueldos por estos activos que, conjuntamente, superen los 50.000 euros a 31 de diciembre. Si no se superase dicho límite conjunto, no habría obligación de informar sobre las monedas virtuales.

Eso en lo que respecta a los titulares. Las empresas y sociedades que proporcionen un servicio a cambio de criptomonedas también tendrán que presentar una declaración anual de estos activos ante Hacienda. En este caso, tendrán que recoger la información de compras, transmisión, permuta y transferencia de activos, identificando a las personas que han operado con los mismos.

Con información de noticiastrabajo.es

Editorial

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