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Bancos no abrirán este 7 de febrero

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México 5 febrero.- De acuerdo con el calendario oficial de la Asociación de Bancos de México (ABM) las sucursales bancarias no abrirán durante el primer lunes del mes de febrero.

En ese sentido, los usuarios del país deberán considerar sus tiempos antes de esa fecha inhábil o realizar sus operaciones a través de cajeros automáticos o banca electrónica.

De ese modo, los clientes podrán disponer de 56 mil cajeros automáticos que operan en el país, así como 49 mil corresponsales bancarios. También podrán realizar movimientos a través las bancas: digital, electrónica y telefónica, las cuales están a su disposición las 24 horas del día, durante todo el año.

La ABM reveló también cuáles son los días que no abrirán las sucursales bancarias durante este 2022.

¿Cuál es el calendario para los bancos?

*Primer lunes de febrero por el Día de la Constitución.

*Lunes 21 de marzo: Natalicio de Benito Juárez.

*Jueves 14 y viernes 15 de abril: Semana Santa.

*Domingo 1 de mayo: Día del trabajo.

*Viernes 16 de septiembre: Día de la Independencia.

*Miércoles 2 de noviembre. Día de muertos.

*Lunes 21 de noviembre. Se recorre por el Día de la Revolución Mexicana (20 de noviembre)

*Lunes 12 de diciembre. Día del empleado bancario.

*Domingo 25 de diciembre. Navidad

La Ley

Hay que recordar que la Ley Federal del Trabajo establece que en caso de que una persona labore durante un día de descanso obligatorio, tendrá derecho a un pago extra.

En ese sentido, su empresa deberá cubrir el salario normal más el doble. De esa manera, el empleado cobrará al triple durante esa fecha.

Los trabajadores que laboren durante un día feriado, es decir, de descanso obligatorio tendrán que cobrar lo doble, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

En caso de que el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana, preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado.

 

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