Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 1 de octubre será un día de descanso obligatorio para los trabajadores en México.
La incorporación del 1 de octubre a los días de descanso oficiales es una armonización de la Ley Federal del Trabajo con la reforma constitucional del 2014, esta modificación a la Carta Magna fijó esa fecha para la transmisión del Poder Ejecutivo.
El martes 1 de octubre, Claudia Sheinbaum tomará protesta como presidenta de México, además de ser la primera mujer en encabezar el gobierno federal.
Al ser declarado día de descanso obligatorio, la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla una protección especial para las personas que se ausentan, así como las que laboran en esa fecha.
El primer escenario legal, es que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios el 1 de octubre, y tienen derecho a recibir su salario íntegro y la ausencia no puede descontarse de su periodo vacacional.
Por otra parte, la LFT también contempla una regulación específica para las personas que laboran en un día feriado. De acuerdo con la legislación laboral, el empleador está obligado a otorgar un salario doble adicional al sueldo ordinario del día trabajado; en términos prácticos es un pago triple.
Por ejemplo, una persona que percibe dos salarios mínimos diarios (497.86 pesos), si labora en un día feriado debe recibir una remuneración de 1,493.58 pesos, esto es 995.72 como pago doble más su compensación diaria.
La Ley Federal del Trabajo contempla en total nueve días de descanso obligatorio (siete fijos y dos cada seis años). Estas son las fechas feriadas:
1 de enero, por Año Nuevo
Primer lunes de febrero, por el aniversario de la Constitución (5 de febrero)
Tercer lunes de marzo, por el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
1 de mayo, por el Día del Trabajo
Primer domingo de junio cuando haya una jornada electoral federal (cada tres años)
16 de septiembre, por el aniversario de la Independencia
1 de octubre por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal (cada seis años)
Tercer lunes de noviembre, por el aniversario de la Revolución (20 de noviembre)
25 de diciembre, por Navidad
La Ley Federal del Trabajo también incluye sanciones por incumplir con la compensación especial por prestar servicios en un día feriado. La multa va de los 5,187 a 518,700 pesos por violar estas disposiciones, y puede ser impuesta por cada trabajador afectado.
Salomón Issa Tafich impulsa empresas con propósito al norte del país El concepto de empresa…
El mercado europeo reaccionó con fuerza tras un repunte abrupto en las acciones de Alemania,…
La disputa regulatoria más relevante en Estados Unidos avanza con un giro que redefine las…
La sesión cambiaria en México refleja un movimiento moderado pero relevante, ya que el peso…
La inversión activa está recobrando protagonismo en México frente a un entorno financiero marcado por…
Ante la propuesta legislativa para eliminar el ISR aplicable al aguinaldo, Alejandro Martínez Araiza, secretario…