Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 1 de octubre será un día de descanso obligatorio para los trabajadores en México.
La incorporación del 1 de octubre a los días de descanso oficiales es una armonización de la Ley Federal del Trabajo con la reforma constitucional del 2014, esta modificación a la Carta Magna fijó esa fecha para la transmisión del Poder Ejecutivo.
El martes 1 de octubre, Claudia Sheinbaum tomará protesta como presidenta de México, además de ser la primera mujer en encabezar el gobierno federal.
Al ser declarado día de descanso obligatorio, la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla una protección especial para las personas que se ausentan, así como las que laboran en esa fecha.
El primer escenario legal, es que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios el 1 de octubre, y tienen derecho a recibir su salario íntegro y la ausencia no puede descontarse de su periodo vacacional.
Por otra parte, la LFT también contempla una regulación específica para las personas que laboran en un día feriado. De acuerdo con la legislación laboral, el empleador está obligado a otorgar un salario doble adicional al sueldo ordinario del día trabajado; en términos prácticos es un pago triple.
Por ejemplo, una persona que percibe dos salarios mínimos diarios (497.86 pesos), si labora en un día feriado debe recibir una remuneración de 1,493.58 pesos, esto es 995.72 como pago doble más su compensación diaria.
La Ley Federal del Trabajo contempla en total nueve días de descanso obligatorio (siete fijos y dos cada seis años). Estas son las fechas feriadas:
1 de enero, por Año Nuevo
Primer lunes de febrero, por el aniversario de la Constitución (5 de febrero)
Tercer lunes de marzo, por el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
1 de mayo, por el Día del Trabajo
Primer domingo de junio cuando haya una jornada electoral federal (cada tres años)
16 de septiembre, por el aniversario de la Independencia
1 de octubre por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal (cada seis años)
Tercer lunes de noviembre, por el aniversario de la Revolución (20 de noviembre)
25 de diciembre, por Navidad
La Ley Federal del Trabajo también incluye sanciones por incumplir con la compensación especial por prestar servicios en un día feriado. La multa va de los 5,187 a 518,700 pesos por violar estas disposiciones, y puede ser impuesta por cada trabajador afectado.
La reciente corrección bursátil en Estados Unidos ha puesto bajo presión a las grandes tecnológicas,…
El mercado accionario mexicano mostró una jornada de recuperación sostenida, reflejando un entorno de mayor…
La protección de activos intangibles redefine la competitividad regional en México al fortalecer productos con…
El desarrollo de infraestructura vial en San Pedro Garza García avanza con proyectos que buscan…
Lo que antes era visto como entretenimiento casual hoy se ha transformado en uno de…
Las marcas más influyentes del mundo ya no compiten solo por vender productos, compiten por…