La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) informó que a partir de este 1 de mayo y hasta el 31 de agosto se establece veda temporal para la captura de curvina golfina en las aguas marinas y estuarinas de jurisdicción federal de la reserva de la biósfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
Lo anterior es apegado al acuerdo publicado el 25 de agosto del 2005 en el Diario Oficial de la Federación, en el que además se establece que el periodo de aprovechamiento de dicha especie queda limitado entre el 1 de septiembre y el 30 de abril de cada año.
La curvina golfina (Cynoscion othonopterus), es una especie endémica del Golfo de California y Delta del Río Colorado que sustenta una pesquería de importancia local para los pescadores de las comunidades que se ubican en la región del Alto Golfo de California y de la comunidad indígena Cucapá en Baja California.
La Norma Oficial Mexicana NOM-063-PESC-2005, Pesca responsable de curvina golfina publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 2007, señala, en su apartado 4.10, que el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), recomendará la cuota de captura de curvina golfina para cada temporada.
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