El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválida la disposición del Código Civil de Yucatán que impedía inscribir a niñas y niños con apellidos compuestos, es decir, formados por más de un apellido de cada progenitor o adoptante. Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que la prohibición carecía de un fin constitucionalmente legítimo y violaba el principio de igualdad. Recordó que las actas de nacimiento ya incluyen nombre(s), apellidos, género, huella digital, CURP, domicilio y nacionalidad de los padres o adoptantes, por lo que admitir un apellido compuesto no afecta la certeza jurídica. Por el contrario —subrayó— la limitación constituía una intromisión indebida en la vida privada y familiar.
Con esta resolución, la SCJN fortalece la igualdad de las familias mexicanas al permitir que hijas e hijos porten de manera libre y segura los apellidos de ambos progenitores o adoptantes.
La trayectoria de Yasmín Esquivel Mossa ha estado marcada por su compromiso con la equidad y el respeto a los derechos humanos. Con cada voto y resolución, ha demostrado que es posible ejercer la función judicial con perspectiva social, género y derechos fundamentales.