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Sancionarán a patrones que insistan en subcontraciones

El Senado de la República aprobó en lo general la reforma que regulan la práctica conocida como outsourcing en el sector privado y en el público, con fuertes sanciones para los patrones que insistan en subcontraciones ilegales y en la simulación en que se incurrió en los últimos años, la que lesionó a millones de trabajadores y provocó daños graves al fisco.

En ese proyecto, que modifica ocho leyes, de entrada introduce cambios a la Ley Federal del Trabajo (LFT), y en su artículo 12 establece la prohibición explícita de “la subcontratación de personal, entendiéndose ésta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición a trabajadores en beneficio de otra”.

La subcontratación sólo podrá darse en caso de que una empresa requiera servicios u obras especializadas, como la de limpieza o de construcción, pero no podrá, como ocurre en la actualidad, que una empresa minera contrate a una tercera para que se haga cargo de sus trabajadores mineros, que no dependen de quien es realmente su patrón.

En ese mismo artículo 12 de la LFT se precisa se regula a las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en los procesos de proceso de reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, quienes podrán seguir desempeñando estas tareas, pero en ningún caso se considerarán patrones.

Las empresas subcontratistas deberán inscribirse en un padrón que estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de no hacerlo o en caso de negarse a las inspecciones de la autoridad laboral, serán multados con hasta cerca de 5 mil en este último caso y de 30 millones de pesos en el primero.

La reforma incluye modificaciones a la Ley del Seguro Social, con el fin de que todas las compañías obtengan un registro patronal en términos de lo dispuesto por el Reglamento de la esa legislación en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, para realizar la inscripción de sus trabajadores a nivel nacional. Podrán solicitar uno o más registros, en un plazo de 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de esa reforma que regulariza el outsourcing.

Las empresas que no lo hagan, serán dadas de baja por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que además está obligado a reportar a la autoridad laboral toda irregularidad que detecte en materia de subcontratación.

En el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación se establece que utilizar esquemas simulados de prestación de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas, constituyen el delito de defraudación fiscal y sus equiparables.

Editorial

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