Las administradoras de fondos para el retiro (afores) ya podrán invertir el recurso de los trabajadores en Arabia Saudita, Emiratos Árabes Unidos e Indonesia.
Con ello ya suman 52 países elegibles para invertir (más Hong Kong que pertenece a China), de acuerdo a información publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Lo anterior es con base a que la Comisión Nacional del Sistema del Ahorro para el Retiro (Consar) ha modificado el Régimen de Inversión del Sistema del Ahorro para el Retiro.
Cambios
Los cambios realizados al Régimen de Inversión añaden que las afores podrán invertir en Vehículos de Inversión Inmobiliaria emitidos por Emisores Extranjeros y Vehículos de Inversión Inmobiliaria, Índices Accionarios de Países Elegibles para Inversiones e Índices Inmobiliarios de Países Elegibles para Inversiones de emisores, patrocinadores o administradores extranjeros.
Los vehículos para invertir permitidos por el regulador del Sistema del Ahorro para el Retiro son los ETFs (Exchange Traded Funds), fondos mutuos y mandatos de inversión.
Para realizar las inversiones en los vehículos previamente mencionados, el Comité de Análisis de Riesgos (CAR) de la Consar determinará los criterios para autorizar la inversión “velando en todo momento por la protección de los intereses de los trabajadores”.
Criterios
La Consar añadió al Régimen de Inversión que las administradoras de fondos podrán dar evidencia del cumplimiento de los criterios determinados por el CAR, “contando con el dictamen de un experto independiente, siempre que éste satisfaga los requisitos previstos en las disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro”.
En caso de que la Consar detecte alguna anomalía o falta de apego a los criterios emitidos por parte del experto independiente se notificará a las administradoras sobre la suspensión temporal o definitiva hasta que cumpla nuevamente con los requisitos establecidos o bien hasta que se lleve a cabo una nueva designación.
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